miércoles, 21 de agosto de 2013

Estándar 2.3.6 Prácticas Pre-profesionales

En esta sección publicaré las consultas o preguntas que tengan respecto al estándar, pueden hacer uso de la sección "comentarios" para realizar sus preguntas. Tener siempre en cuenta que no existe una única forma de hacer las cosas.  Compartamos el conocimiento.

Pregunta 21.08/.2013
El grado de cumplimiento 4 indica: “La institución/carrera profesional, cuenta con convenios vigentes u otros mecanismos para la realización de prácticas pre-profesionales, realiza el monitoreo del desempeño de los practicantes y de sus docentes/responsables del monitoreo.” La indicación es que la carrera cuente con convenios u otros mecanismos; por ejemplo, en nuestra institución es usual trabajar con cartas de intención con las empresas del medio en las que se establecen vínculos para brindar facilidades de prácticas pre-profesionales a los estudiantes.  ¿En la evaluación externa se podría exigir que sean necesariamente "convenios"?

Respuesta:
Pueden aceptarse las cartas de intención, siempre y cuando estén relacionadas al tema de las prácticas pre-profesionales, se sabe que algunas empresas no quieren sentirse "obligadas" a contratar practicantes  siendo la carta de intención una figura que no les obliga a ello; pero, que en si demuestra la intención de hacerlo según sus necesidades.

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